INVESTIGACIONES
CP177-2021
No está en discusión que las autoridades indígenas pueden ejercer justicia dentro de su ámbito territorial. Así lo establece el artículo 246 de la Constitución. Lo que no está permitido es utilizar la jurisdicción indígena para tramitar procesos amañados con la finalidad de evitar el juzgamiento de conductas que trascienden la territorialidad, no solo de la comunidad indígena, sino del país, hasta llegar a interferir la legalidad de otras naciones.»
Guía práctica para la elaboración y evaluación del material educativo con pertinencia cultural y lingüística
La presente Guía para la elaboración y evaluación del material educativo con pertinencia cultural y lingüística, es una herramienta metodológica elaborada por el Vice Despacho de Educación Bilingüe e Intercultural a través de su Programa de Innovación Metodológica, para el fortalecimiento del Eje de Pertinencia Cultural y Lingüística.
Intesol
Desde 1999, la gravedad del fenómeno de la violencia contribuyó a que ésta trascendiera del ámbito
privado al público y se considerara como un problema de salud pública a través de la divulgación de la Norma
Oficial Mexicana para la Prestación de Servicios de Salud y sus Criterios para la Atención Médica de la
Violencia Familiar (ENDIREH, 2003).
La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) en el año 2003
indica que en Yucatán, el 34.6% de las mujeres habían sufrido algún tipo de violencia por parte de su pareja en
los últimos 12 meses, anteriores a la aplicación de la encuesta. De éstas, el 25.4% habían sufrido violencia
económica, el 24.7% emocional, el 6.7% física y el 6.1% había sufrido violencia sexual. Lo cual, resulta
sumamente significativo porque representa un porcentaje elevado de personas en Estado de Yucatán que han
sido afectadas por algún tipo de violencia, debido a que convierte en víctima directa quien la sufre y en víctimas
indirectas a los familiares o personas que tengan relación con la misma.
Cabe aclarar que la violencia es un comportamiento, bien sea un acto o una omisión, cuyo propósito es
ocasionar un daño o lesionar a otra persona, en donde la acción transgrede los derechos de otro individuo
(Torres, 2001) y el comportamiento agresivo es intencional. Según sea la naturaleza del daño ocasionado y los
medios empleados, la violencia puede clasificarse en: física, psicológica, sexual y económica.
En la violencia Física, el daño producido marca el cuerpo de la víctima, ya sea externa o internamente,
como en el caso del sometimiento corporal, los golpes, las mutilaciones, las heridas o incluso hasta el
homicidio. A pesar de que en la mayoría de los casos la violencia física es evidente también puede pasar
desapercibida puesto que muchas veces el daño solamente puede ser identificado tras un tiempo más o menos
prolongado. La violencia física también incluye las omisiones, como privar a alguien de alimentos, bebidas y
medicinas (Torres, 2001).
La violencia psicológica, se refiere al daño en la esfera emocional porque vulnera la integridad psíquica. La
o el agresor humilla, insulta, degrada a la víctima con la intención de que ésta se sienta mal, por lo tanto el
deterioro no se denota a simple vista. En este tipo de violencia, la víctima puede describir sus sensaciones y
malestares como: confusión, incertidumbre, humillación, burla, ofensa, dudas sobre sus propias capacidades.
Muchas de las personas que sufren éste tipo de violencia no solamente pueden ver reducida su autoestima,
sino también pueden manifestar alteraciones físicas, trastornos del sueño, de alimentación entre otros
padecimientos (Torres, 2001).
La violencia sexual, consiste en el empleo de la fuerza física o moral para someter al agredido, ya sea
mayor o menor de edad, a realizar algún tipo de acto sexual. Incluye los delitos estipulados en el Código Penal
del Estado de Yucatán, como lo son la violación, hostigamiento, estupro, incesto y el abuso sexual.
La violencia económica se refiere a la trasgresión que se realiza a una persona mediante el manejo de
los recursos materiales, como lo es el dinero, los bienes y los valores. La o el agresor puede utilizar sus propios
medios o el del violentado para someterlo; se incluyen dentro de este tipo de violencia: El robo, el fraude, el
daño a propiedad ajena y la destrucción de los objetos de la víctima incluidos aún los que solo tienen un valor
sentimental. Al igual que la violencia física, la violencia económica también se puede manifestar por medio de
omisiones, como en el caso de la privación de los medios para la satisfacción de las necesidades básicas: La
alimentación, el vestido, la vivienda, la salud (Torres, 2001 y Corsi, 2003).
MEMORIA SEMINARIO VIRTUAL EXPERIENCIAS DE MONITOREO EN TERRITORIOS INDÍGENAS EN TIEMPOS DE PANDEMIA
En enero del 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote de la enfermedad por el nuevo coronavirus 2019 (COVID-19) como una emergencia de salud pública de importancia internacional. La OMS armó que existía un riesgo alto de diseminación de la enfermedad por COVID19 a otros países en todo el mundo, y es en marzo del 2020, tras una evaluación la OMS decidió que el COVID-19 se caracterizaba como una pandemia.
PUEBLOS INDIGENAS Y LA PANDEMIA DEL COVID-19: CONSIDERACIONES
Hay más de 476 millones de pueblos indígenas en el mundo, que se encuentran repartidos en
todas las regiones del mundo1, desde el Ártico hasta los bosques tropicales. Los pueblos indígenas
constituyen más del 6% de la población mundial.
Servicios públicos con pertinencia cultural
Desde el año 2002, el Estado peruano inició un proceso de
modernización orientado a mejorar la gestión pública y construir un
Estado “democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano”.
Este proceso abarca todas las instancias, niveles y procedimientos, tal como se establece en la Ley Marco de modernización de la Gestión del Estado (2002):
Declárase al Estado peruano en proceso de modernización en
sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones
y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública
y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio
del ciudadano. (Artículo 1, Ley N° 27658).
Esta reforma comprende una serie de procesos de cambios sustanciales a diversos niveles del Estado y que tienen como finalidad dar una mejor respuesta a las necesidades de la población.
En ese sentido, la Reforma también plantea forjar una relaciónentre el Estado y la ciudadanía, en donde ciudadanos y ciudadanas puedan tener mayor confianza en las instituciones públicas,
tradicionalmente asociadas a la ineficiencia del Estado.